¿SE DEBE REGLAMENTAR EL BIENESTAR ANIMAL?

¿SE DEBE REGLAMENTAR EL BIENESTAR ANIMAL?

Edilberto Brito Sierra


En un mundo en el que el bienestar de los animales se debe respetar, promover y avanzar, reglamentar el bienestar se vuelve un tema fundamental, pero lo mas importante es que esas normas sean aplicables, alcanzables, aceptadas e implementadas por todos los actores que se relacionan de alguna forma con animales; Por lo tanto, se necesita:

  • Reconocer la importancia que tienen los animales
  • Construir una base normativa que sirva de interacción entre  estado, productores, propietarios, tenedores de animales y la sociedad en general. 
  • Establecer Reglas claras
  • Mejorar las condiciones de vida de los animales
  • Reconocer que existe una relación crítica entre la sanidad y el bienestar
  • Enfocarse en las «cinco libertades» (principios, dominios o necesidades) al reglamentar y evaluar el bienestar.
  • Tener claridad que mejorando las condiciones de vida de los animales se aumenta a menudo la productividad
  • Ser conscientes que la evaluación del bienestar  animal es multifactorial y por lo tanto, debe considerarse conjuntamente para lograr un resultado objetivo y no subjetivo.  

¿QUÉ SE DEBE TENER EN CUENTA AL REGLAMENTAR?

Para que la reglamentación sea aplicable, alcanzable, aceptada e implementada se debe considerar

  • Trabajar en equipo, (expertos, gremios, academia, estado) y recibir observaciones y comentarios de quienes estén interesados en el tema que permita enriquecer la reglamentación.
  • Estructurar y articular acorde con las recomendaciones internacionales (ejemplo organización mundial de sanidad animal – OIE)
  • Reglamentar e implementar en cada una de las especies incluyendo animales domésticos, silvestres (animales de producción, compañía, trabajo, recreación, deporte, asistencia, investigación y docencia)
  • Diferenciar claramente las condiciones de bienestar animal con las de protección animal. Son dos conceptos diferentes y deben ser reglamentados haciendo las claridades del caso.


¿QUÉ REGLAMENTACIÓN TENEMOS EN COLOMBIA?

  • Ley 84 de 1989. Congreso de Colombia. Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Protección de los Animales y se crean unas contravenciones y se regula lo referente a su procedimiento y competencia.  Otorga a los animales especial protección contra el sufrimiento y el dolor, causados directa o indirectamente por el hombre. Establece obligatoriedad de contar con autorización de Minsalud cuando se usen animales en experimentación. Obliga a la conformación de comité de ética en la investigación con animales.
  • Resolución 8430 de 1993. Ministerio de Salud y Protección social. Por la cual se establecen las normas científicas, técnicas y administrativas para la investigación en salud. Establece las condiciones éticas, técnicas y científicas en investigaciones biomédicas con animales
  • Ley 1638 de 2013. Congreso de Colombia Por medio de la cual se prohíbe el uso de animales silvestres, ya sean nativos o exóticos, en circos fijos e itinerantes. Se prohíbe el uso de animales silvestres ya sean nativos o exóticos de cualquier especie en espectáculos de circos fijos e itinerantes, sin importar su denominación, en todo el territorio Nacional.
  • Ley 1774  de 2016. Congreso de Colombia. Reconoce a los animales como seres sintientes, reconoce las 5 libertades de los animales, Establece sanciones a quienes maltraten animales (cárcel, multas económicas y prohibiciones) y se establece un procedimiento sancionatorio de carácter policivo y judicial.
  • Decreto  2113 de 2017. Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Establece las disposiciones y requerimientos generales para el Bienestar Animal en las especies de producción del sector agropecuario. Establece las condiciones generales de bienestar en animales de producción.
  • Resolución 7953 de 2017.Instituto Colombiano Agropecuario ICA. Por la cual se establecen los requisitos sanitarios y de bienestar animal para obtener la Certificación en Buenas Prácticas Ganaderas – BPG en la producción primaria de équidos, con destino a la recreación, trabajo y deporte.
  • Resolución 20277 de 2018. Instituto Colombiano Agropecuario ICA Por la cual se establecen los requisitos sanitarios y de bienestar animal para obtener la Certificación en Buenas Prácticas Ganaderas – BPG en la producción de ovinos y caprinos.
  • Articulo 324 de la Ley 1955 de 2019. Congreso de Colombia. POLÍTICA DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR DE ANIMALES DOMÉSTICOS Y SILVESTRES. El Gobierno nacional, bajo el liderazgo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, formulará la Política Nacional de Protección y Bienestar de Animales Domésticos y Silvestres.
  • Resolución 000153 de 2019. Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Crea y reglamenta el Consejo Nacional de Bienestar Animal y el comité técnico nacional de bienestar en Animales de Producción
  • Ley 2047 de 2020. Congreso de Colombia Por la cual se prohíbe en Colombia la experimentación, importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos, sus ingredientes o combinaciones de ellos que sean objeto de pruebas con animales
  • Resolución 136 de 2020. Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Por la cual se adopta el Manual de condiciones de Bienestar Animal en las especies Équidas, Porcinas, Ovinas y Caprinas
  • Resolución 253  de 2020. Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Por la cual se adopta el manual de condiciones de bienestar animal en las especies bovina, bufalina, aves de corral y animales acuáticos.
  • Resolución 67449 de 2020. Instituto Colombiano Agropecuario ICA. Por la cual se establecen los requisitos sanitarios y de bienestar animal para obtener la Certificación en Buenas Prácticas Ganaderas – BPG en la producción de leche
  • Resolución 68167 de 2020. Instituto Colombiano Agropecuario ICA Por la cual se establecen los requisitos sanitarios y de bienestar animal para obtener la Certificación en Buenas Prácticas Ganaderas – BPG en la producción de carne.
  • Resolución 76509 de 2020. Instituto Colombiano Agropecuario ICA Por la cual se establecen los requisitos sanitarios y de bienestar animal para obtener la Certificación en Buenas Prácticas Ganaderas – BPG en la producción de porcinos.
  • Ley 2138 de 2021. Congreso de Colombia. Por la cual se establecen medidas para la sustitución de vehículos de tracción animal en el territorio nacional.
  • Resolución 97977de 2021. Instituto Colombiano Agropecuario ICA Por medio de la cual se establecen los requisitos para la certificación de establecimientos exportadores de bovinos y bufalinos en pie y los destinados a sacrificio para la exportación de carne y se dictan otras disposiciones
  • Resolución 115708 de 2021. Instituto Colombiano Agropecuario ICA.  Por la cual se establecen los requisitos para obtener la Autorización Sanitaria y de Inocuidad en los predios productores de animales destinados a la producción de carne y/o leche para el consumo humano.

 

Mira el video: https://youtu.be/fj9LYVB15pc

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Bienestar y protección animal desde lo científico y emocional.  

Los espero en el próximo blog




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